El 7 de noviembre de 2024, el Ejecutivo presentó un proyecto de ley calificado como urgente en materia económica, el cual busca aliviar la situación financiera de los ecuatorianos y fortalecer la economía del país. Este proyecto incluye varias disposiciones importantes en el ámbito de la seguridad social, que destacamos a continuación.
Entre las principales disposiciones en el ámbito de la seguridad social se encuentran:
Prestaciones del Seguro de Desempleo del IESS
Entre noviembre de 2024 y enero de 2025, los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que se encuentren en relación de dependencia y pierdan su empleo podrán acceder de manera inmediata a la prestación del seguro de desempleo.
Cinco Requisitos
Para hacerlo, deberán cumplir con los siguientes 5 requisitos:
Contar con 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia. Al menos 6 aportaciones deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia.
Permanecer en situación de desempleo por al menos 10 días.
Realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día 8 de desempleo y hasta un máximo de 45 días posteriores al plazo establecido.
No ser jubilado.
Contar con un el aviso de salida registrado por el empleador en el IESS.
Además, en el contexto de la crisis eléctrica, entre noviembre de 2024 y enero de 2025, los pagos del seguro de desempleo se realizarán de forma automática y mensual, sin necesidad de trámites adicionales, siempre que el IESS apruebe la solicitud.
Suspensión de Procesos Coactivos del IESS
El IESS no iniciará nuevos procedimientos coactivos desde la entrada en vigor de la presente ley y hasta el 28 de febrero de 2025, debido a la crisis energética que atraviesa el país. Además, los procedimientos coactivos que ya estaban en curso antes de la promulgación de la ley se suspenderán durante este período.
Si existen valores retenidos por medidas cautelares en instituciones financieras públicas o privadas, estos podrán ser utilizados para pagar total o parcialmente la obligación, siempre que así lo solicite el coactivado.
Durante este tiempo de suspensión, no se generarán honorarios de abogados externos ni otros gastos administrativos establecidos por el IESS.
Reformas Transitorias para Apoyar a Empleadores y Trabajadores
El proyecto de ley introduce dos medidas clave para aliviar las cargas tanto de empleadores como de trabajadores en medio de la crisis económica:
Exoneración de Responsabilidad Patronal: Las empresas no tendrán que asumir responsabilidad patronal por los aportes de noviembre y diciembre de 2024, siempre que estos se paguen dentro de los 90 días siguientes a su vencimiento y sea solicitado por el empleador.
Cruce de Obligaciones con Fondos de Reserva: Las personas naturales o jurídicas con deudas pendientes en el IESS podrán usar el saldo de su cuenta de Fondos de Reserva para saldar esas deudas, siempre que no se haya comprometido como garantía de préstamos quirografarios en el BIESS. Esta opción estará disponible hasta el 28 de febrero de 2025.
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