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Cambios en la Subpartida de Suplementos Alimenticios: Reformas al Arancel Nacional en Ecuador

Foto del escritor: Gabriel PintoGabriel Pinto

Esta reforma es clave para el comercio exterior en Ecuador, ya que establece reglas más claras sobre la importación de suplementos dietéticos especializados. Además, impacta positivamente en pacientes, empresas del sector farmacéutico y de nutrición, y en la gestión aduanera.


Base Normativa y Objetivos

El Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), mediante las Resoluciones Nro. 014-2021 y Nro. 016-2023, aprobadas el 17 de febrero de 2025, ha dispuesto la reforma parcial del Arancel Nacional de Ecuador.


En este contexto, el COMEX es el organismo encargado de crear, modificar o suprimir tarifas arancelarias, además de aprobar y publicar la nomenclatura para la clasificación y descripción de mercancías en el país.




Reformas en la Subpartida Arancelaria de Suplementos Alimenticios

Uno de los principales cambios en la reforma arancelaria 2025 es la creación de una Nota de Subpartida Nacional que aclara el significado de la subpartida 2106.90.90.10. Según esta reforma, dicha subpartida se define como “Preparaciones dietéticas concebidas para ser utilizadas en pacientes”, especificando que estos productos están diseñados exclusivamente para personas con necesidades nutricionales que no pueden digerir o metabolizar alimentos comunes.


Es importante destacar que la venta de estos suplementos alimenticios será libre y sin necesidad de receta médica. No obstante, para que un producto pueda ser clasificado bajo esta subpartida, deberá ser reconocido y aprobado por la autoridad sanitaria competente en Ecuador.


Impacto en Importadores y Exportadores

  • La nueva definición de la subpartida 2106.90.90.10 aclara qué productos pueden clasificarse como "Preparaciones dietéticas concebidas para ser utilizadas en pacientes".

  • Facilita la importación y comercialización de estos productos sin necesidad de receta médica.

  • Las empresas importadoras deben asegurarse de que los productos sean reconocidos por la autoridad sanitaria competente para evitar problemas con la aduana.


Beneficios para Pacientes y el Sector Salud

  • Permite el acceso más ágil a suplementos especializados para personas con necesidades nutricionales específicas.

  • Reduce posibles barreras comerciales para productos esenciales en tratamientos médicos y nutricionales.


Obligaciones para la Implementación de la Reforma Arancelaria

Las entidades responsables de la administración y control de las subpartidas deberán:

  • Entidades aduaneras y la Ventanilla Única Ecuatoriana tienen 60 días (hasta abril de 2025) para actualizar sus sistemas.

  • Importadores y exportadores deben verificar que sus productos cumplan con la nueva clasificación para evitar sanciones o retrasos en la nacionalización.


Aplicación de la Normativa para Importaciones y Exportaciones

Para garantizar el cumplimiento de la nueva normativa arancelaria en Ecuador, se establecen las siguientes disposiciones:


Importaciones:

  • Se aplicará la normativa vigente a la fecha del embarque de la mercancía.

  • Los tributos serán los vigentes a la fecha de presentación de la declaración aduanera.


Exportaciones:

  • Se aplicará la normativa vigente a la fecha de ingreso de la mercancía.

  • Los tributos serán los vigentes a la fecha de ingreso de la mercancía a la zona primaria aduanera.


OJO: Las entidades responsables tendrán un plazo de 60 días, a partir del 18 de febrero de 2025, para implementar estas actualizaciones.

 Oportunidad para Empresas del Sector

  • Empresas que comercializan suplementos dietéticos y nutricionales pueden beneficiarse de una mayor claridad en la normativa.

  • Se espera que haya un mayor dinamismo en el mercado de suplementos especializados, incentivando la inversión y el crecimiento del sector.


Asesoría legal en temas tributarios y aduaneros

Las reformas arancelarias en Ecuador pueden generar dudas y afectar las operaciones de importadores y exportadores. En Meythaler & Zambrano, somos especialistas en derecho tributario y aduanero, brindando asesoría legal integral para garantizar el cumplimiento normativo y la optimización de costos en sus operaciones comerciales.


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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

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