top of page
Foto del escritorBeatriz Meythaler

Defensa contra Abuso del Derecho y Cosa Juzgada en Fallo por Daño Moral y Enriquecimiento Injusto

En el ámbito del derecho, el abuso del derecho a recurrir se manifiesta cuando una parte utiliza los recursos legales no para buscar justicia, sino como una táctica para dilatar el proceso y evadir responsabilidades. Este caso es un claro ejemplo de tal abuso, donde una empresa intentó eludir el cumplimiento de una sentencia favorable a nuestro cliente mediante apelaciones infundadas y tácticas dilatorias.


La situación fue tan preocupante que, durante el proceso, se emitió un llamado de atención a los jueces que, al ignorar principios fundamentales del derecho, como la preclusión y la cosa juzgada, permitieron que el abuso se prolongara durante 14 años.


Contexto del Caso

En 2010, nuestro cliente, una destacada empresa en los sectores de ingeniería, arquitectura y construcción, emprendió una demanda contra “La Constructora” debido a los siguientes motivos:


  1. Daño Moral: La falta de pago impactó negativamente en la reputación de nuestro cliente, afectando la estabilidad y credibilidad de su negocio en el mercado.

  2. Enriquecimiento Ilícito e Injustificado: “La Constructora” se benefició de los servicios prestados sin ofrecer compensación alguna, aprovechando injustamente el trabajo realizado.


Esta acción legal se originó porque la empresa demandada utilizó los servicios y resultados entregados por nuestro cliente sin cumplir con los pagos previamente acordados, lo que provocó considerables pérdidas y perjuicios para nuestro representado.


Desarrollo y Resultados de la Defensa Legal

A continuación, ofrecemos un resumen simplificado de cada etapa clave del caso:

  1. Primera Sentencia: En el juicio inicial, la jueza falló parcialmente a favor de nuestro cliente. La constructora debía pagarle un millón doscientos mil doscientos ($1.201.200) como indemnización por daños.

  2. Supuesto Problema de Notificación y Solicitud de Nulidad del Proceso : Después de que se ejecutorió la sentencia, la constructora alegó que NO fue notificada, porque su abogado no le informó. La constructora argumentó que esto le impidió apelar. Aprovechando este argumento, “La Constructora" pidió que se anule parte del proceso y que se regrese a la etapa de notificación de la sentencia, para tener una nueva oportunidad de apelar.

  3. Nulidad Aceptada: Desconsiderando los principios de preclusión y cosa juzgada, la jueza declaró la nulidad de la causa y retrotrajo el proceso a la etapa de notificación de la sentencia, argumentando que esto permitiría a las partes ejercer su derecho a la defensa. Así, aceptó la nulidad sin tener en cuenta que el proceso debía ser definitivo, lo que permitió a la constructora volver a defenderse, lo cual es inaudito.

  4. Apelación de la Nulidad: Nuestro equipo de litigio apeló el auto que declaró dicha nulidad. Gracias a esta apelación, el tribunal superior, la Corte Provincial de Justicia, revisó el caso y decidió revocar la nulidad, lo que significa que restauró la validez del proceso original. Sin embargo, la parte demandada, es decir, "La Constructora", siguió impugnando.

  5. Recursos de "la Constructora" y Falta de Caución para Suspender la Ejecución del Fallo: "La Constructora" presentó dos tipos de recursos legales. El recurso de casación es un pedido para que un tribunal superior revise esa decisión, mientras que el recurso de hecho es una solicitud adicional que trata problemas más profundos, como violaciones de derechos fundamentales o errores procesales en el juicio. "La Constructora" no solicitó caución para suspender la ejecución del fallo de la Corte Provincial, lo que implica que no pidió una garantía para detener el cumplimiento de la sentencia original mientras se revisaban los recursos. Como resultado, el caso se elevó a la Corte Nacional de Justicia, el tribunal más alto del país. Al mismo tiempo, se enviaron copias certificadas a la unidad judicial de origen para asegurar que la ejecución de la sentencia continuara, como si los recursos presentados por la demandada no hubieran sido interpuestos.

  6. Ejecución del Fallo, Nueva Oposición, Nuevas Dilaciones: Durante la ejecución del fallo, surgió un nuevo obstáculo. Se había emitido un mandamiento de ejecución que ordenaba a "La Constructora" que pagara la suma de dinero o entregara bienes a favor de nuestro cliente. Sin embargo, "La Constructora" solicitó que se revocara la decisión que había documentado su incumplimiento con el mandamiento de ejecución y, además, pidió que se declarara nulo este mandamiento, argumentando que no estaba relacionado con la sentencia original. Conforme Derecho, el juez decidió negar esta solicitud de la demandada, lo que llevó a "La Constructora" a presentar un recurso de apelación. Este recurso también fue rechazado, por lo que "La Constructora" presentó nuevamente un recurso de hecho. Esto significa que el caso se elevó a la Corte Provincial de Justicia de Pichincha en la fase de ejecución, buscando una revisión de las decisiones tomadas por el juez anterior.

  7. Las Dilaciones Continuan - Recurso de Casación Extraordinario y Recurso de Hecho: "La Constructora", interpuso un nuevo recurso extraordinario de casación, que fue inadmitido. Con la intención de evitar cumplir con la sentencia y prolongar el proceso, la demandada presentó otro recurso de hecho, llevando el caso a la Corte Nacional de Justicia. Esta vez, también solicitó caución para suspender la ejecución de la sentencia. Así, se generaron dos recursos de casación de forma paralela, lo que complicó aún más el proceso debido al mal uso del derecho a recurrir.

  8. Decisión Final de la Corte Nacional: La Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia decidió inadmitir el recurso de hecho relacionado con la ejecución. En cuanto al recurso de casación por la nulidad dictada por la jueza de primera instancia, tras un extenso debate en audiencia, los jueces rechazaron el recurso, subrayando la importancia de los principios de preclusión y cosa juzgada. También criticaron severamente a la jueza de primera instancia y a quienes permitieron que este abuso del derecho se prolongara durante casi cinco años desde que se emitió la sentencia.

  9. Conclusión del Proceso: Finalmete, tras 14 años de juicio, el proceso terminó con un fallo a favor de nuestro cliente y reafirmó el valor de la Constitución y las leyes en evitar dilaciones indebidas.


Estrategia Procesal Exitosamente Ejecutada

Nuestro equipo de abogados defendió el caso en todas las instancias, superando los obstáculos presentados y demostrando que los recursos de la demandada eran tácticas dilatorias y un abuso del derecho a recurrir.


La defensa, liderada por nuestro socio fundador, Dr. José Meythaler Baquero, junto con la Dra. Vanesa Aguirre, el abogado Juan José Peña Medina y Ricardo Enríquez Carrera, resultó en una victoria significativa para nuestro cliente y fortaleció los principios de preclusión y cosa juzgada, evidenciando que el sistema judicial puede contrarrestar el abuso de derecho.

Comments


aviso legal

Aviso Legal

El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

bottom of page