El Servicio de Rentas Internas estableció el valor anual de exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) aplicable a los consumos y retiros realizados desde el exterior a través de tarjetas de crédito o débito para los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027.
Monto anual exonerado
Para los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027, los contribuyentes podrán beneficiarse de la exoneración del ISD sobre un monto anual equivalente a cinco mil ciento ochenta y ocho dólares con veintiséis centavos (USD 5.188,26).
Base de cálculo
Este monto se ajusta conforme al Índice de Precios al Consumidor General (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en noviembre de 2024, garantizando que la cifra refleje las condiciones económicas del país.
Aplicación para el periodo 2025-2027
La exoneración se mantendrá vigente durante los tres ejercicios fiscales siguientes (2025, 2026 y 2027), de modo que los contribuyentes no estarán sujetos al pago del ISD por consumos o retiros efectuados con tarjetas de crédito o débito hasta el límite de USD 5.188,26 por año.
Fuente: Resolución del SRI Nro. NAC-DGERCGC24-00000045 publicada en el Registro Oficial Segundo Suplemento Nro. 713, de 30 de diciembre de 2024,