Por: Ab. Sheyla Cuenca
Jefa del Departamento de Derecho Eléctrico
El 8 de septiembre de 2024, el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) aprobó la resolución 003-2024, que establece un marco regulatorio para el autoabastecimiento de electricidad utilizando generadores privados.
Esta medida tiene como objetivo proporcionar incentivos a las empresas que se califiquen como generadores, aliviando así la carga del sistema eléctrico en situaciones de déficit y racionamiento.
¿Quiénes pueden participar?
Generadores Privados de Emergencia:
Propietarios de generadores eléctricos con una potencia mínima de 100 kilovatios (kW).
Deben contar con un sistema de medición adecuado.
Para participar, deben enviar un formulario a la empresa eléctrica de su zona.
Responsabilidades de las Empresas Distribuidoras
Las empresas distribuidoras de electricidad en el país son responsables del registro y calificación de los generadores privados.
Se iniciará un procedimiento administrativo para calificar a los generadores.
Una vez que los generadores produzcan electricidad, las distribuidoras deberán cuantificar la energía generada para aplicar los incentivos en la facturación.
Compensación por Energía Generada
Se establece el Rubro de Compensación por Energía Generada por Grupos Electrógenos de Emergencia (RCEGEE), el cual será determinado mensualmente por ARCONEL.
Los valores de compensación variarán según el tipo de combustible utilizado, como diésel, Gas Licuado de Petróleo (GLP) y fuel oil.
En el Registro Oficial 674 del 29 de octubre de 2024, se publicó el RCEGEE para el período del 12 de octubre al 11 de noviembre de 2024, con valores que oscilan entre 13,86 USD y 24,67 USD, dependiendo del combustible.
Si desea más información sobre el procedimiento para calificar como generador privado y los beneficios asociados, no dudes en contactarnos. Le atenderemos de inmediato.
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