Ab. Denisse Unda Saldivia
Estimados amigos y clientes:
El 24 de octubre de 2024, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) publicó el Reglamento para la Atención de Consultas, que detalla el procedimiento para que ciudadanos, responsables y encargados realicen consultas sobre protección de datos personales.
Puntos Clave del Reglamento:
Naturaleza de las consultas: Las respuestas de la SPDP son opiniones referenciales y no vinculantes, sin valor probatorio ni convalidación de tratamientos previos.
Sujetos habilitados para consultar: Pueden consultar: titulares de datos, responsables y encargados, apoderados registrados, delegados de protección y terceros según el Reglamento General.
Contenido de las consultas: Deben incluir un correo electrónico para notificaciones y un análisis claro sobre la temática.
Plazos y procedimientos: La SPDP responderá en 30 días desde la presentación. Si se requieren correcciones, el consultante tendrá 5 días para realizarlas.
Archivo y rechazo de consultas: Se archivarán consultas que no cumplan requisitos, ya estén resueltas o no sean de su competencia.
Priorización de consultas: Se atenderán por orden cronológico, salvo que se califiquen como prioritarias.
Este reglamento busca mejorar la transparencia y eficacia en la atención de consultas sobre protección de datos en Ecuador. Para cualquier duda o aclaración sobre este reglamento, no duden en contactarnos.