El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las directrices para la aplicación del plan excepcional de pagos de impuestos retenidos o percibidos, contemplado en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento de las Generaciones en el Ecuador (ver Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-000000001 publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro. 716 el 7 de enero de 2025).
Ámbito de Aplicación
Este plan está dirigido a los impuestos retenidos o percibidos bajo la administración del SRI que se encuentren en mora hasta el 31 de octubre de 2024.
También incluye obligaciones que consistan únicamente en multas.
Plazo para Acceder al Plan
Los contribuyentes tendrán un plazo de 60 días calendario, contados desde el 10 de diciembre de 2024, para solicitar este beneficio (8 de febrero de 2025). Esta fecha coincide con la entrada en vigencia de la mencionada Ley Orgánica.
Procedimiento para la Solicitud
El proceso se realizará a través del portal web oficial del SRI: www.sri.gob.ec.
En casos excepcionales, como cuando los responsables por representación ya no ejerzan su cargo, la solicitud deberá presentarse físicamente en las oficinas del SRI.
El plazo del plan excepciona concede un período de pago de hasta 12 meses, facilitando así el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Resolución y Modalidad de Pago
Resoluciones electrónicas: El SRI notificará a los contribuyentes mediante su buzón tributario los plazos y fechas máximas para el pago de cada cuota.
Cuotas mensuales: Los pagos se realizarán en cuotas mensuales iguales, salvo la última, que incluirá ajustes por intereses.
Pagos anticipados: Los contribuyentes pueden adelantar cuotas, lo que resultará en una reliquidación de los valores pendientes.
Terminación del Plan
El incumplimiento en el pago de una cuota resultará en la terminación inmediata del plan y la reactivación del proceso de ejecución coactiva.
Si el plan concluye por otras razones, será posible solicitar uno nuevo, siempre y cuando esté dentro del plazo establecido.
Suspensión de Procedimientos Coactivos
La aprobación del plan suspende automáticamente el procedimiento de ejecución coactiva y detiene el cómputo de los plazos de prescripción del cobro.
Además, los contribuyentes podrán solicitar modificaciones a las medidas precautelares, siempre que se garantice el saldo total adeudado.
Recomendaciones
Este plan excepcional de pagos representa una valiosa oportunidad para regularizar las obligaciones tributarias vencidas con condiciones flexibles y opciones de pago anticipado. Recomendamos a los contribuyentes gestionar sus solicitudes de manera oportuna y cumplir con los requisitos estipulados para evitar la pérdida del beneficio y posibles sanciones.
Si necesita asesoría para acceder a este plan, nuestro equipo legal está disponible para ayudarle a garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
