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¿Cómo Garantizar el Éxito en la Suscripción de Contratos Públicos? Reciente Pronunciamiento del Procurador General del Estado

Foto del escritor: Sheyla CuencaSheyla Cuenca

El 24 de marzo de 2025, el Procurador General del Estado emitió un pronunciamiento vinculante sobre los plazos y procedimientos relacionados con la suscripción de contratos en la contratación pública. Este pronunciamiento responde a consultas presentadas por la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento de Quito y establece disposiciones cruciales que afectan a todos los involucrados en procesos de contratación pública.


Plazos para la Suscripción de Contratos

El proceso de adjudicación de contratos tiene un plazo claro para su formalización:

  • Plazo inicial: El acto de adjudicación causa estado 3 días hábiles después de su notificación en el portal COMPRASPÚBLICAS, salvo que se interponga un recurso de apelación.

  • Firma del contrato: El adjudicatario tiene 15 días para suscribir el contrato una vez que la adjudicación ha causado estado.

  • Consorcios y asociaciones: Si el adjudicatario es un consorcio o asociación, se le otorgan 15 días adicionales para formalizar el contrato.

  • Ampliación de plazos: Se puede solicitar una ampliación de hasta 7 días hábiles si existen razones de fuerza mayor o caso fortuito. La solicitud debe ser debidamente justificada y analizada por la entidad contratante.

  • Consecuencias por No Suscribir el Contrato a Tiempo: Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido, la entidad contratante puede declarar la adjudicación fallida y proceder con el siguiente oferente o declarar desierto el proceso.

  • Publicación del Contrato para Garantizar la Transparencia: Una vez suscrito el contrato, la entidad contratante tiene la obligación de remitirlo al contratista y proceder con su publicación en el Portal COMPRASPÚBLICAS, con el propósito de asegurar la transparencia del procedimiento.


Impugnación de la Adjudicación: Plazos y Procedimientos

Los participantes tienen derecho a impugnar la adjudicación:

  • Plazo para la apelación: Los interesados tienen 3 días para interponer un recurso de apelación desde la notificación del acto de adjudicación.

  • Efectos del recurso: La interposición del recurso no suspende los efectos del acto de adjudicación, por lo que la firma del contrato debe llevarse a cabo dentro del plazo de 15 días hábiles si no hay apelaciones.

  • Resolución del recurso: La entidad contratante tiene hasta 7 días hábiles para resolver el recurso. Si el recurso es rechazado, el contrato debe firmarse en los 15 días hábiles siguientes.

    • Ojo: El recurso de apelación debe presentarse ante la misma entidad contratante que emitió el acto de adjudicación, la cual deberá resolverlo mediante una resolución motivada dentro del plazo establecido para el efecto.

  • Requisitos para Interponer el Recurso de Apelación: La legitimación para interponer el recurso de apelación se encuentra restringida a aquellas personas que tengan un interés directo y legítimo en el proceso de contratación pública.

  • Revisión de la adjudicación: Si la apelación es exitosa y la adjudicación es revocada, se puede realizar un nuevo acto administrativo, lo que podría implicar la selección de otro oferente o la declaratoria de desierto del proceso.


La impugnación de la adjudicación tiene por objeto garantizar el principio de legalidad, la transparencia del proceso y el derecho de los oferentes a una contratación pública equitativa y justa. 

Licitación de Seguros: Nuevas Reglas para la Formalización

La licitación de seguros sigue los mismos principios que los contratos administrativos:

  • Las pólizas de seguro, al igual que otros contratos administrativos, deben ser publicadas en el portal COMPRASPÚBLICAS.

  • La licitación de seguros sigue un procedimiento especial en el cual las entidades contratantes deben asegurarse de que la aseguradora adjudicada cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente. 

  • La aseguradora adjudicada tiene un plazo de 15 días hábiles para entregar la póliza desde que el acto de adjudicación ha causado estado. Si no cumple con este plazo, la entidad contratante puede declarar la adjudicación fallida.

  • En caso de incumplimiento por parte de la aseguradora en la entrega de la póliza dentro del plazo establecido, la entidad contratante podrá declarar al adjudicatario fallido y proceder a adjudicar el contrato al siguiente oferente o declarar desierto el proceso. 


Conclusiones sobre Legalidad y Transparencia

Este pronunciamiento refuerza la transparencia y la legalidad en los procesos de contratación pública:

  • Los plazos para la suscripción de contratos y la impugnación están claramente establecidos.

  • Las entidades contratantes tienen la obligación de garantizar que los procesos se lleven a cabo de manera ordenada, respetando los derechos de los adjudicatarios y la transparencia del procedimiento.

  • La normativa también cubre aspectos específicos como los plazos para la entrega de pólizas de seguros, lo que refuerza la formalización adecuada de los contratos.


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