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Protección de los Derechos Intelectuales en el Entorno Digital | Diligencias Preparatorias

Ab. María Camila Pérez

 

Ecuador ya cuenta con una Norma Técnica para la Aplicación de Diligencias Preparatorias para la Protección de los Derechos Intelectuales en el Entorno Digital, (conocida como Resolución Nro. 003-2024-DG-NT-SENADI).


El objetivo principal de esta norma es proteger los derechos de propiedad intelectual en el entorno digital, y abordar la vulnerabilidad de los titulares y sus derechos reconocidos. ¿Qué significa esto? Te lo explicamos con un ejemplo:


Supongamos que Juan Pérez, un músico ecuatoriano, descubre que su canción más reciente está siendo distribuida ilegalmente a través de una página web.


Para proteger sus derechos de autor bajo la nueva Norma Técnica, Juan decide tomar acción, y presentar una solicitud formal ante SENADI para bloquear la URL donde se distribuye ilegalmente su música, protegiendo así sus derechos de autor en el entorno digital.


Este procedimiento permite a Juan, como titular de derechos de autor, actuar rápidamente contra la distribución ilegal de su obra en el entorno digital, utilizando un marco legal definido para proteger su propiedad intelectual.


A continuación, describimos el proceso a seguir y los aspectos relevantes de esta norma:


Aplicación de las Diligencias Preparatorias

La norma busca ordenar a los portadores y proveedores de servicios de internet que bloqueen URLs a partir de información de direcciones IP y puertos de acceso en la red, si afecta los derechos de los solicitantes o titulares.


Para iniciar la diligencia preparatoria de verificación y bloqueo de URLs, los interesados deben presentar una solicitud ante el SENADI, cumpliendo con ciertos requisitos:

  1. Nombres completos del solicitante: Juan Pérez

  2. Determinación del derecho presuntamente vulnerado: Derechos de autor sobre su música

  3. Fundamentos de hecho y derecho (Descripción detallada de cómo se está vulnerando su derecho y la ley aplicable.

  4. Identificación del infractor: URL del sitio web que distribuye su música sin permiso.

  5. Finalidad de la diligencia solicitada: Bloqueo de la URL para cesar la distribución ilegal

  6. Descripción del URL: www.ladrondemusica.com/juan_perez_hit

  7. Declaración juramentada ante notario público

  8. Materialización ante notario público del contenido del infractor: Esto significa que legalmente se documenta y certifica el contenido que se está distribuyendo sin permiso, lo cual es crucial para establecer evidencia en el proceso legal.

  9. Firma del solicitante

  10. Pago de la tasa oficial


Proceso de Evaluación y Bloqueo

Si la solicitud cumple con todos los requisitos, se dispondrá su práctica en diez (10) días.


Si se verifica que el contenido infringe un derecho de propiedad intelectual, se ordenará a los portadores y proveedores del servicio de acceso a internet en Ecuador el bloqueo de la URL.


Dentro de los tres días posteriores al bloqueo, los portadores y proveedores deben informar a la Dirección Técnica de Observancia en SENADI y a la ARCOTEL sobre el cumplimiento de la orden.


Solicitud de Desbloqueo de la URL

Para solicitar el desbloqueo de la URL, el propietario debe demostrar documentalmente la inexistencia de la presunta vulneración de derechos de propiedad intelectual.


Si no se realiza el desbloqueo, el solicitante debe iniciar la acción principal o tutela administrativa para mantener el bloqueo de la URL.


Excepciones a la Aplicación de la Diligencia Preparatoria

La Norma Técnica plantea tres excepciones:

  1. Bloqueo de nombres de dominio.

  2. Bloqueo de contenido en redes sociales.

  3. Bloqueo de contenido en aplicaciones digitales o streaming.


Conclusión

Esta normativa aborda las dificultades de identificar y localizar infractores en el ámbito digital.


Al establecer un procedimiento claro para las diligencias preparatorias, incluyendo la verificación y el bloqueo del URL, se fortalece la capacidad de los titulares de derechos para proteger sus activos.


Además, la norma establece un marco de responsabilidades para los proveedores de servicios de internet y los solicitantes, garantizando una protección más efectiva contra las infracciones y promoviendo un entorno en línea más seguro y respetuoso con los derechos de propiedad intelectual.


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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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