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Proyecto de Ley de Igualdad Salarial Aprobada por la Asamblea Nacional y remitido al Ejecutivo

Por: Ab. Cristina Guarderas B.

 

Nos complace informarles sobre la "Ley de Igualdad Salarial en Ecuador", aprobada el 28 de noviembre de 2023 por la Asamblea Nacional con un respaldo de 134 votos. Este importante cambio legislativo se encuentra ahora en manos del Ejecutivo para su sanción u objeción.


Si bien este proyecto de ley aún debe ser sancionado por el Ejecutivo, sin duda se trata de una iniciativa que permite evidenciar la problemática existente en el ámbito laboral en torno a la brecha salarial por motivos de género o sexo.


Igualdad Salarial en Ecuador: Una Reforma Fundamental

Esta ley busca garantizar la igualdad de remuneración y cualquier forma de retribución económica entre hombres y mujeres en el desempeño de un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor, sin discriminación por razones de sexo o género, puesto que en el país las mujeres ganan el 20% menos que los hombres haciendo el mismo trabajo, conforme el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).


Aspectos Destacados de la Ley


Igualdad en la Remuneración

Todo empleador público o privado está obligado a remunerar de forma igualitaria a todos sus servidores, trabajadores u obreros, sin discriminación de género, por el mismo trabajo realizado o de igual valor, estableciendo así criterios que permitan establecer el trabajo de igual valor.


Medidas de Prevención y Promoción

Se implementarán medidas preventivas, como la capacitación continua para el personal, cambios en la cultura organizacional, informes de cumplimiento laboral, certificaciones como incentivos y procedimientos de reclamos para trabajadores y servidores públicos.



Restitución de Derechos y Sanciones

En caso de violación del derecho a la igualdad de remuneración, los empleadores deberán realizar el pago correspondiente a la diferencia de remuneración con efecto retroactivo y ajustar los salarios de acuerdo con los criterios definidos en la ley.


Es importante tener en cuenta que el texto no especifica de manera explícita cuáles son las sanciones, a pesar de que en el texto de primer debate se encontraban claramente definidas. Esta omisión genera una incertidumbre significativa en cuanto a las posibles repercusiones que podrían enfrentar los empleadores por incumplir las disposiciones contenidas en la ley.


Estaremos, pues, pendientes del texto final que se promulgue una vez que el texto pase por el proceso constitucional y legal de aprobación respectivo para informarles oportunamente qué consecuencias se derivarán de este particular aspecto.


Día de la Igualdad de Remuneración

La ley declara el 18 de septiembre como el "Día de la Igualdad de Remuneración" en Ecuador, destacando la importancia de esta causa.


Mesa Sectorial y Reglamento Transitorio

Se prevé la creación de una mesa sectorial que permita la fijación de remuneraciones basadas en criterios de igualdad de género, así como la emisión del Reglamento correspondiente en un plazo de 60 días a partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial.


Es indispensable que el Ejecutivo tome en cuenta aquellos aspectos que no resultan claros en esta ley, como la imposición de las sanciones y los efectos retroactivos de la restitución del derecho, con el objetivo de que la ley pueda alcanzar su finalidad primigenia, mediante procesos objetivamente determinados.


Cualquier inquietud, por favor, comunicarse a info@lmzabogados.com




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