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Foto del escritorMeythaler & Zambrano Abogados

Sujetos Obligados a Informar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico -UAFE

Jefa de los Departamentos Corporativo y Laboral

 

En esta ocasión, nos gustaría recordarles quiénes son las personas naturales y jurídicas que tienen la obligación de informar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y qué tipos de reportes deben enviar a dicha entidad.


Personas obligadas a informar a la UAFE: De acuerdo con la Ley Orgánica de prevención, detección y erradicación del delito de lavado de activos y del financiamiento de delitos, además de las instituciones del Sistema Financiero y de seguros, las siguientes personas están obligadas a informar a la UAFE, mediante la entrega de los reportes establecidos por la ley y de acuerdo con la normativa correspondiente:

  • Filiales extranjeras bajo control de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano.

  • Bolsas y casas de valores.

  • Administradoras de fondos y fideicomisos.

  • Cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales.

  • Personas naturales y jurídicas dedicadas en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves.

  • Empresas dedicadas al servicio de transporte nacional e internacional de dinero, encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias.

  • Agencias de turismo y operadores turísticos.

  • Personas naturales y jurídicas dedicadas en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción.

  • Empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional o internacional de dinero o valores.

  • Montes de piedad y casas de empeño; negociadores de joyas, metales y piedras preciosas; comerciantes de antigüedades y obras de arte.

  • Notarios, registradores de la propiedad y mercantiles.

  • Promotores artísticos y organizadores de rifas; hipódromos.

  • Clubes u organizaciones dedicadas al fútbol profesional pertenecientes a la Serie "A" y Serie "B" que participen en los torneos organizados tanto por la Liga Profesional de Fútbol Ecuatoriano como por la Federación Ecuatoriana de Fútbol.

  • Compañías y empresas que prestan el servicio de factoring, de acuerdo con el riesgo de las operaciones y servicios establecidos por la UAFE mediante Reglamento.

  • Partidos políticos y movimientos legalmente reconocidos.

  • Abogados.

  • Contadores.

Las personas mencionadas anteriormente deben enviar a la UAFE los siguientes reportes dentro de los plazos correspondientes:

  1. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Debe presentarse dentro de los cuatro días posteriores a la fecha en que el Comité u Oficial de Cumplimiento del sujeto obligado tenga conocimiento de dichas operaciones o transacciones sospechosas.

  2. Reporte de Operaciones y Transacciones Individuales Significativas (RESU): Debe presentarse dentro de los quince días posteriores al final de cada mes. Este reporte incluye operaciones y transacciones individuales cuya cuantía sea igual o superior a diez mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, así como las operaciones y transacciones múltiples que, en conjunto, sean iguales o superiores a dicho valor y sean realizadas en beneficio de una misma persona dentro de un período de treinta (30) días.

  3. Reporte de Información Adicional (RIA): Debe presentarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha de solicitud por parte de la UAFE.

Es fundamental cumplir con estas obligaciones de reporte establecidas por la ley para prevenir y combatir el lavado de activos y el financiamiento de delitos. Si tienen alguna duda o necesitan más información, no duden en contactarnos.

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El contenido de este blog se proporciona únicamente con fines informativos y educativos y no debe considerarse como asesoramiento legal.

 

La normativa en Ecuador está sujeta a modificaciones y actualizaciones que pueden afectar la aplicabilidad y precisión de los contenidos publicados aquí.

 

No garantizamos que la información presentada sea precisa, completa o actualizada en el momento de su lectura. Por lo tanto, no se debe interpretar que los posts pasados reflejan necesariamente la normativa vigente.

 

Recomendamos encarecidamente la consulta con nuestros abogados calificados para obtener asesoramiento específico y personalizado.

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