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Foto del escritorGabriel Pinto

SRI Establece Nuevos Plazos para la Transmisión de Comprobantes Electrónicos

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha regulado el plazo para la transmisión de los comprobantes de venta electrónicos, a través de una nueva disposición que afecta a todos los contribuyentes que emitan estos documentos.


  • Sujetos pasivos afectados:Esta medida aplica a todos los contribuyentes que generen comprobantes electrónicos en sus transacciones comerciales.

  • Nuevas obligaciones para los contribuyentes:A partir de ahora, los contribuyentes deberán transmitir los comprobantes electrónicos generados en un plazo máximo de cuatro días hábiles a partir de su emisión. Esto representa un incremento en comparación con el plazo previo, que era de 72 horas.

  • Disposiciones transitorias:Mientras se mantenga la declaración de emergencia en el sector eléctrico, los contribuyentes podrán emitir comprobantes preimpresos, siempre que no superen el 5% del total de los comprobantes emitidos.


Para obtener más detalles sobre esta nueva normativa, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo estará encantado de brindarte la asistencia necesaria.






Fuente: Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000035 de 30 de octubre de 2024, que modifica la Resolución Nro. NAC-DGERCGC18-00000233

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